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Ausentes a la Asamblea

Última actualización el Aug 13, 2026

ACERCA DE LOS MECANISMOS DISPUESTOS PARA NOTIFICAR EL VOTO CONFORME EL ART. 2060 CCCN 

Les acercamos a continuación, información importante para aquellos que se ausentaron en la última Asamblea celebrada en el Consorcio y así poder notificar voto conforme las disposiciones del art. 2060 del Código Civil y Comercial de la Nación (CCCN) y demás disposiciones concordantes.

SOBRE EL ART. 2060 DEL CCCN ¿QUÉ ES LA MAYORÍA ABSOLUTA?

El CCCN establece que la adopción de ciertas decisiones consorciales se debe realizar bajo el principio de mayoría absoluta. Este método no solo fomenta la participación activa de todos los propietarios, sino que también promueve la búsqueda de un consenso robusto en asuntos de interés común para el consorcio.

La mayoría absoluta se determina tomando en cuenta tanto el número de unidades como las cuotas partes indivisas que cada propietario tiene en el consorcio. Este método garantiza que las decisiones adoptadas representen los intereses de todos los propietarios de manera equitativa y reflejen fielmente la voluntad de la mayoría.

En consecuencia, tras la realización de asambleas en las que se incluyan decisiones sujetas a este procedimiento, se debe notificar a los propietarios ausentes sobre la posibilidad de emitir su voto de manera posterior a la asamblea, dentro de un plazo de 15 días a partir de la fecha en que se les comunique esta opción.

¿QUIENES PUEDEN PARTICIPAR DE LA VOTACIÓN?
LOS PROPIETARIOS AUSENTES AL ACTO

En el marco de las decisiones consorciales, la normativa vigente contempla la inclusión de todos los propietarios que conforman el edificio. Aquellos propietarios que no pudieron asistir a la asamblea tienen el derecho de participar en la votación mediante el mecanismo establecido en este texto

Para entender mejor quiénes son considerados propietarios y están habilitados para participar, recomendamos la lectura de este artículo disponible en nuestro centro de ayuda.

¿CÓMO VOTAR?
LOS MECANISMOS DISPUESTOS POR NUESTRA ADMINISTRACIÓN

  • POR CORREO ELECTRÓNICO
    El mecanismo para informar la oposición y/o adhesión a la/s propuesta/s de la presente Asamblea, es comunicándose a votaciones@estudiobts.com.ar indicando su nombre completo, Documento Nacional de Identidad (DNI), la Unidad Funcional de su titularidad, indicando su oposición o adhesión al punto propuesto por la mayoría presente en asamblea.
    Para el correcto cómputo de los votos, el asunto del correo deberá contener la dirección del Consorcio y la fecha de la asamblea.

  • POR NOTIFICACIÓN FEHACIENTE EN PAPEL
    En el supuesto caso que no tenga acceso a un correo electrónico, podrá comunicarlo mediante notificación fehaciente firmada de puño y letra dirigida al domicilio que se constituye por medio de la presente en la calle Charcas 5265, piso 1 departamento “A”, CABA.
    Recuerde que en caso de no tener registrada su firma en el Libro de Registro de Firmas de Propietarios, deberá enviar una Carta Documento o remitir nota con firma certificada ante banco o Escribano Público.

  • ACREDITACIÓN DE TITULARIDAD DE LA UNIDAD FUNCIONAL
    En ese mismo sentido, y de conformidad con la legislación nacional y local vigente, los propietarios deberán acreditar su titularidad ante la Administración previamente. La titularidad se acredita presentando original y copia de la Escritura Traslativa de Dominio, Declaratoria de Herederos (en caso de encontrarse fallecido el titular) y/o cualquier otro instrumento público que permita determinar de forma fehaciente el dominio de la unidad. 

Esperamos que esta información le sea de utilidad. Ante cualquier duda, puede comunicarse con nosotros al 5237-1130 o enviando un correo electrónico a admin@estudiobts.com.ar